SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2117/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de
En revisión la Resolución 120/2008 de 14 de agosto, cursante de fs. 101 a 102 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Jhonny Iver Pereira Vásquez en representación legal de Genaro Pedro Chinche Machaca contra Ascanio Nava Rodríguez y Jacinto Quispaya Sánchez, Presidente y segundo Vicepresidente, respectivamente, de la Asociación de Conjuntos del Folklore de Oruro (ACFO), alegando la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, y al debido proceso citando al efecto el art. 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.4. Sobre el debido proceso
- i)
- ii)
- 1)
- III.6. Análisis del caso
- III.7. La seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
- III.8. Respecto al análisis sobre la competencia de la Asamblea General de Presidentes y Delegados de la ACFO
- REVOCAR