SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2624/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2624/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

i)

Silvano Arancibia Colque, Gerente Distrital a.i. del SIN Cochabamba, presentó informe escrito que cursa de fs. 354 a 367, señalando que: i) El recurso es improcedente por subsidiariedad e inmediatez conforme al art. 94 y 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); ii) El art. 131 del CTB señala que el recurso contencioso administrativo no inhibe de la ejecución de la resolución dictada en recurso Jerárquico, sin embargo, establece una salvedad a solicitud expresa ante la Administración Tributaria, prerrogativa que no fue solicitada oportunamente por la recurrente, y que también mereció pronunciamiento en la SC 0018/2004-R de 2 de marzo, situación por la que luego de diez meses del fallo de recurso Jerárquico, la Gerencia Distrital procedió con el embargo de cuentas mediante el Ministerio de Hacienda; y, iii) Finaliza señalando que el SIN Cochabamba dio correcta aplicación a las normas tributarias, por lo que no existe vulneración a los derechos y garantías denunciados como lesionados.