Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2624/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.6.
II.6. De fs. 495 a 496, cursa la nota GDC/DJ/ET/C-311/08 de 17 de marzo, (cuya nulidad se solicita) emitida por personeros de la Gerencia Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales dirigida al Ministro de Hacienda, referida al embargo de dineros y créditos y su posterior remisión mediante cheques a la oficina Distrital de SIN Cochabamba. Así también, a fs. 379 cursa la nota demandada de nulidad en el presente recurso MH/VTCP/DGT/OU/OT/ 235/2008 de 20 de marzo, que hace referencia a la nota presentada al Ministro de Hacienda.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- en su calidad de tercero interesado
- Fragmento 7
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Respecto al principio de inmediatez en la interposición del recurso hoy acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- el 24 de mayo de 2007
- concedido parcialmente
- POR TANTO
- 2º