SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2634/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2634/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

concedió

La Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 83/2008 de 16 de diciembre, cursante de fs. 647 a 649 vta., por la que concedió el recurso de amparo constitucional, disponiendo dejar sin efecto la Resolución 128/“08” de 21 de mayo de 2008 y en consecuencia, que las autoridades recurridas emitan un nuevo fallo, conforme a los siguientes fundamentos: 1) Planteada la excepción de previo y especial pronunciamiento de incompetencia, en la etapa preparatoria o en juicio (art. 314 del CPC) debe resolverse antes que cualquier otra, de acuerdo a los preceptos del Código de Procedimiento Civil relativos a la inhibitoria y declinatoria, que de un análisis contextualizado, también merece la observancia del art. 14 de dicho cuerpo legal, indicando que esta excepción puede promoverse hasta antes de consentida la competencia contra la cual se impetra; 2) Reforzando esta afirmación, en el caso concreto, se renunció tácitamente a la cláusula compromisoria conforme al art. 13.III de la LAC, al no oponerse, en su momento, la excepción de arbitraje; 3) Dentro del contexto descrito, en la Resolución impugnada por el recurrente, las autoridades recurridas de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, se limitaron a la aplicación “exegética y lexical” de los arts. 308 inc. 2), 310, 314 y 315 del CPC, obviando al art. 14 del mismo Código; respecto a la actitud asumida de los ahora terceros interesados y su intervención en el proceso penal que se les sigue, que denotó su consentimiento; 4) Así también, las autoridades recurridas, a momento de emitir el referido Auto, contemplaron un solo contrato y no así, el resto de documentación atinente al proceso penal; y, 5) La prueba presentada por los terceros interesados en el recurso de amparo constitucional, referida a un proceso ejecutivo seguido por la entidad representada por el accionante contra uno de ellos, en base a una letra de cambio, no guarda relación alguna con el proceso penal.