SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2672/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2672/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.5.

II.5.  Concluida la audiencia, el Consejo Disciplinario de la ESBAPOL, emitió la Resolución 001/2008 de 9 de abril, dentro del sumario informativo iniciado contra el recurrente, por la falta contenida en el art. 23 inc. “D.2.” del Reglamento del Régimen Disciplinario de esa entidad, referido a la inasistencia de tres días consecutivos sin justificación; declarándolo autor de dicha falta considerada grave por el art. 30.2 inc. d) del mencionado Reglamento, determinando por ello, su retiro sin derecho a reincorporación (baja). Resolución que se fundó en que el recurrente había salido el 16 de marzo de 2008, a horas 7:00, a efectos de realizarse un análisis clínico, llegando a faltar tres días consecutivos a la unidad académica, motivo por el que fue sometido a sumario informativo interno, en el que se evidenció la intención que tuvo desde el 15 del mismo mes y año de pedir su baja voluntaria del instituto; su inasistencia injustificada por tres días consecutivos y el recojo voluntario de sus pertenencias; no habiéndose presentado de su parte, prueba de descargo de la atención médica de 16 de ese mes y año, ni justificado su inasistencia del permiso para el análisis clínico (fs. 4 a 5 vta.).