SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2672/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2672/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.4.1.Con relación a la falta de atención médica por la ESBAPOL

                     Respecto a este punto, y tal como señaló el Director demandado en el informe brindado en audiencia, se advierte que si bien en el proceso de admisión de la ESBAPOL, se contrata los servicios de una empresa aseguradora, ellos son exclusivamente para accidentes; confundiendo el accionante un seguro de esta naturaleza, con una atención médica de la que deberían ser beneficiarios, cuyo fin difiere totalmente. Habiendo además referido la autoridad demandada, que la ESBAPOL, cuenta en el caso de enfermedades con los servicios médicos del Comando Departamental, instancia a la que los alumnos pueden recurrir, al otorgárseles atención gratuita de acuerdo a la necesidad de cada uno. Aspecto que además, no fue rebatido en audiencia por la parte accionante; por lo que respecto a este tema, no se advierte la vulneración a los derechos a la vida, salud y seguridad invocados.