SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2754/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
Fragmento 23
En el presente caso, se alega la falta de fundamentación en el requerimiento de 15 de mayo de 2006, presentado por las Fiscales ahora demandadas; pero, en la demanda de amparo constitucional interpuesto por los ahora accionantes, proceden a hacer una relación de hechos en seis puntos; sin embargo, de forma aislada sin ninguna fundamentación y relación de causalidad, señalan que se ha vulnerado el derecho a la propiedad, pese a que la falta de fundamentación y motivación se encuentra ligado a la garantía del debido proceso, ingresando de esta forma a una imprecisión; más aún, considerando que se trata de doce accionantes quienes tienen el deber de probar de forma individualizada, clara y concreta, los hechos que sirven de fundamento a su pretensión y la lesión causada a los derechos, sin que sea valido el generalizar los hechos como sucedió en el presente caso, concluyendo subjetivamente que no existe fundamentación.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.
- “
- Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- “(…) por lo que corresponde rechazar in límine la acción, toda vez que los
- b)
- Fragmento 23
- III. 4. Análisis del caso
- Con referencia al Auto de 16 de mayo de 2006
- especificando cada uno de ello;
- Fragmento 27