SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2754/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso
En revisión la Resolución 12 de 10 de marzo de 2008, cursante de fs. 532 a 534 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Gastón Saavedra Castelo, Elba Castelo vda. de Saavedra, María Cándida Dorado de Saavedra, María Silvia Saavedra Dorado, Jaime Saavedra Corminales por él y en representación de Feliciano Saavedra Corminales y María Luz Sempertegui de Saavedra; Enrique Saavedra Dorado, Carla Jaldin Veisaga; Carmen Corrales vda. de Panozo, Luis Orlando Panozo Corrales y Zenón Antonio Panozo Corrales contra Nuria Gisela Gonzales Romero, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal, Vivian Enríquez Monasterio, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, ambos del mismo Distrito Judicial; y, Faridy Arnez Arze y Amalia Cruz Vera, Fiscales de Materia de Sustancias Controladas, alegando la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, al trabajo, a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a), d) e i) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.
- “
- Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento
- “(…) por lo que corresponde rechazar in límine la acción, toda vez que los
- b)
- Fragmento 23
- III. 4. Análisis del caso
- Con referencia al Auto de 16 de mayo de 2006
- especificando cada uno de ello;
- Fragmento 27