SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 2741/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.1.
II.1. En mérito a la denuncia presentada por Héctor Barrera Martínez y Marco Antonio Barrera Bellido, mediante memorial de 24 de enero de 2006, contra Paulino Budia Catari por la presunta comisión del delito de uso de instrumento falsificado, el Fiscal adjunto de Camargo, dio aviso del inicio de la investigación a la Jueza de Instrucción Mixta y Liquidadora de Camargo, el 25 de enero del citado año, presentando su imputación formal el 8 de agosto de 2006, por la que solicitó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención, habiendo dispuesto la Jueza de Instrucción Mixta y Liquidadora de Camargo, mediante decreto de 15 de agosto del mismo año, la notificación del imputado, practicada el 17 del mes y año referidos (fs. 2 a 10 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.2.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Desarrollo jurisprudencial sobre la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- III.4. Actuación de la Jueza demandada
- Fragmento 28
- III.6.
- POR TANTO
- 1º REVOCAR
- 2º Dejar sin efecto