SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 2741/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 2741/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.8.

II.8.  A través del Auto 239/07 de 24 de julio, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declaró improcedente el recurso de apelación, interpuesto por el recurrente con el argumento que la Resolución impugnada no realizó cómputo alguno, por no existir en el cuaderno procesal prueba que haya acompañado el imputado ahora recurrente sobre la fecha de recepción de la conminatoria, para la realización del acto conclusivo; en cuyo mérito carece de relevancia, realizar una interpretación de las normas establecidas en los arts. 130 y 134 del CPP, por las circunstancias anotadas y en razón de que el recurrente no subsanó dicha omisión, al interponer el recurso y no demostró error o violación de norma alguna en la dictación de la Resolución impugnada (fs. 30 a 31).