SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 2741/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 358/2007 de 10 de noviembre, cursante de fs. 113 a 116, pronunciada por la Sala Social y Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, que interpone Rodrigo Kurt Pereira Ramallo en representación de Paulino Budia Catari contra Teresa Rosquellas Fernández, Oswaldo Fong Roca y Elena Lowenthal de Padilla, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior; Gerardo Luis Echalar Ramírez, Juez de Instrucción, Mixto y Liquidador y Jenny Montero Arismendy, ex Jueza de Instrucción Mixta y Liquidadora, ambos de Camargo, todos del mismo Distrito Judicial; y Ana María Lía Serrudo, Fiscal de Distrito a.i. de Chuquisaca y Manuel Alberto León Silva, Fiscal de Materia de Camargo, alegando la vulneración de su derecho a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.2.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Desarrollo jurisprudencial sobre la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- III.4. Actuación de la Jueza demandada
- Fragmento 28
- III.6.
- POR TANTO
- 1º REVOCAR
- 2º Dejar sin efecto