SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2010-R
Fecha: 31-May-2010
recurso de amparo constitucional, ahora
En revisión la Resolución 043/2006, de 12 de octubre, cursante de fs. 422 a 424, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Ángel CuartaePeña Almaraz en representación legal de la Empresa Constructora “Construcciones Ingeniería Diseños Arquitectura” (CIDAL) Ltda. contra Jorge Ocampo Castelú, Rector; Jorge Mario León Gómez, Secretario General; y Mónica Díaz Tarifa, Autoridad Responsable del Proceso de Contratación (ARPC), todos de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), alegando la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, a la petición y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. “a)”, h) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, actual acción de amparo constitucional, su carácter subsidiario
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. Naturaleza del procedimiento administrativo de licitación, el recurso de impugnación y características de las resoluciones
- Única.-
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- y a la obtención de respuesta formal y pronta
- III.7.
- concedido
- REVOCAR