SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

II.3.

II.3.  El 11 de mayo de 2006, con intervención de Notaria de Fe Pública, la Presidenta Ejecutiva a.i. del SNC, mediante nota GJU-255/2006, dirigida a Alejandro Vega Denker representante legal de TOLL S.A., recurrente, comunicó la intención de “Resolución del Contrato” (sic), invocando la existencia de las causales de resolución del contrato a), d) y f), estipuladas en el contrato 638/05, y que el informe técnico CNCV-F034/06, que realizó la fiscalización nacional del servicio, señalaba que la empresa incumplió los requerimientos realizados por el SNC reiteradas veces como ser sobre la devolución de saldos faltantes, falta de atención del servicio de acuerdo al contrato, suspensión del servicio sin justificación, cobros indebidos y otros señalados en dicho informe (fs. 33); cursando adjunto a la citada nota el informe técnico CNCV-F 034/2006 (fs. 34 a 39).