SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0289/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 046/2006, de 30 de octubre, cursante de fs. 252 a 255 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Wálter Alejandro Vega Dencker en representación de las sociedades TOLL S.A., TOLL S.A. Oruro y TOLL S.A. Potosí contra Patricia Alejandra Ballivián Estensoro, Presidenta Ejecutiva a.i.; Roberto Arauz Núñez, Gerente General a.i.; Carlos Jemio Bacarreza, Gerente Administrativo Financiero a.i.; y Mario Araníbar Echave, Encargado de Tesorería, todos del Servicio Nacional de Caminos (SNC), alegando la vulneración de los derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, al debido proceso y a la defensa, citando al efecto los arts. 7 incs. “a)” y d); y 16.IV y II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional y su carácter subsidiario
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.4.1.
- la partes se someten en todo tiempo y para todo efecto al arbitraje conforme la Ley de Arbitraje y Conciliación ante el Centro de Arbitraje y Conciliación del Colegio de Abogados de La Paz
- III.4.2.
- todas representadas legalmente por Wálter Alejandro Vega Denker
- III.5.
- REVOCAR