Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2010-R
Fecha: 17-Jun-2010
II.1.
II.1. El 8 de enero de 2004, Rubén Ciro Rojas Baspineiro, en representación de Wilder Moisés Rodríguez Salguero, presentó demanda de cumplimiento de contrato contra el ex FIS hoy FPS, en la persona de su Gerente Departamental Ricardo Gonzáles Laguna, admitida el 9 de enero de 2004 por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca (fs. 40 a 52 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente y denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 16
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la legitimación pasiva y la responsabilidad del personal subalterno
- III.4.1.
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- III.5.1.
- III.5.2.
- improcedente
- APROBAR