SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2010-R

Fecha: 17-Jun-2010

III.5.1.

III.5.1. Por otro lado, corresponde dejar establecido que el Oficial de Diligencias de la sala aludida que sentó las notificaciones con el Auto de Vista 33, aparentemente codemandado en la acción tutelar -aparentemente porque existe confusión en su nombre al llamarlo “Oscar Terrazas Rasguido” cuando su nombre correcto, como consta en el expediente, es Erick Terrazas Rasguido- no tiene legitimación pasiva en esta acción tutelar, porque su responsabilidad se limitó a seguir órdenes de las autoridades jurisdiccionales integrantes del Tribunal de alzada, hoy demandados, correspondiendo aplicar la jurisprudencia expuesta en el FJ III.4.1 de esta Sentencia, respecto al personal subalterno de los despachos judiciales.