Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.5.
II.5. El Juez cautelar recurrido, mediante Resolución de 27 de marzo de 2008, ordenó se expida mandamiento de allanamiento, requisa y secuestro del inmueble ubicado en calle “Meléndez Pelayo” 1225 de la zona de Sopocachi de la ciudad de La Paz, con el objeto de aprehender al sujeto activo, Jorge Villca Sánchez y proceder a evidenciar la existencia de los bienes sustraídos, consistentes en teléfonos celulares y otros que sean útiles para la averiguación de la verdad. Se encomendó su ejecución a cualquier autoridad policial no impedida por ley de la ciudad de La Paz, debiendo estar presente el Fiscal de Materia, Antonio Said Leniz Rodríguez (fs. 13).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad y el procesamiento indebido e ilegal
- III.4. Sobre la actuación del Fiscal demandado
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- siempre y cuando se presenten en forma conjunta todos los requisitos descritos en el art. 226 CPP.
- Fragmento 25
- III.6. Sobre la actuación del Juez codemandado
- al juez no le está permitido convalidar los actos en los que se vulneraron esos derechos
- REVOCAR