SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
En revisión la Resolución 01/2008 de 30 de marzo, cursante de fs. 38 a 39 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad interpuesto por Jorge Armando Villca Sánchez contra Jorge Andrés Pérez Maita, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial y Antonio Said Leniz Rodríguez, Fiscal de Materia, alegando la vulneración de su derecho a la seguridad jurídica y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 6, 7, 9, 14 y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 1, 2, 5 y 6 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y 7 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad y el procesamiento indebido e ilegal
- III.4. Sobre la actuación del Fiscal demandado
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- siempre y cuando se presenten en forma conjunta todos los requisitos descritos en el art. 226 CPP.
- Fragmento 25
- III.6. Sobre la actuación del Juez codemandado
- al juez no le está permitido convalidar los actos en los que se vulneraron esos derechos
- REVOCAR