SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0585/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0585/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

III.3. De las sentencias ejecutoriadas con calidad de cosa juzgada

La palabra sentencia significa, en términos generales, la resolución del órgano jurisdiccional que resuelve una controversia entre partes con fuerza vinculante para éstas; es decir, las sentencias son resoluciones que ponen fin a la controversia, conteniendo la aplicación de la ley general al caso concreto.

Al respecto, en el diccionario de Couture distingue dos significados de la palabra sentencia: como acto jurídico procesal y como documento, en el primer caso la sentencia es el acto procesal “que emana de los agentes de la jurisdicción y mediante el cual deciden la causa o punto sometido a su conocimiento”. A su vez, como documento, “la Sentencia es la pieza escrita, emanada del tribunal, que contiene el texto de la decisión emitida” .