SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.1.

II.1. En virtud a la querella presentada el 2 de junio de 2000, se inició el proceso penal contra los recurrentes por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado (fs. 12 y vta.); querella admitida mediante Resolución de 8 del mismo mes y año (fs. 14). Mediante Auto de 15 del referido mes y año, se regularizó el procedimiento, disponiendo la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal, la tramitación de la causa a citación directa contra los querellados, por la comisión de los delitos tipificados en los arts. 200 y 203 del CP (fs. 20).