SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.5.
II.5. El 8 de febrero, el Tribunal Calificador se reunió para la revisión de currículums y exámenes, correspondientes al primer y segundo puesto de la convocatoria, con la participación de ambas postulantes y en presencia del abogado de María Heidy Monasterios Torrico y de la Notario de Fe Pública 81, Helen Kate Mendoza, convocada por esa última, quien levantó acta de la reunión, dando cuenta que la ponderación del examen por áreas subió en un punto a favor de María Heidy Monasterios Torricos; a momento de la revisión de currículums, se puso en duda la veracidad de uno de los certificados presentados por aquella, porque sólo tenía una firma; por ello, el Presidente del Tribunal habría dispuesto un cuarto intermedio hasta el 14 de febrero, en tanto el Colegio Médico se pronuncie respecto al certificado observado (fs. 22 a 27).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
- Debido proceso
- Presunción de inocencia
- Derecho a la defensa
- Juez natural
- Derecho al trabajo
- III.5. Análisis del caso
- III.5.1. La actuación del Tribunal Calificador
- III.5.1.1. Sobre el derecho a un tribunal imparcial
- III.5.1.2. En lo que concierne al derecho a la defensa
- III.5.1.3.En cuanto al derecho a la presunción de inocencia
- III.5.1.4.Finalmente, en cuanto al derecho al trabajo
- III.3.3.La actuación de las autoridades de la Caja Petrolera de Salud
- REVOCA en parte