SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
III.5.1. La actuación del Tribunal Calificador
En el presente caso, la representada del recurrente, se sometió al proceso de concurso de méritos y examen de competencia convocado por la CPS para optar al puesto de Médico Dermatólogo, con ese propósito presentó la documentación respaldatoria de méritos y rindió los exámenes de competencia requeridos, resultando en segundo lugar. Respecto a este proceso observa que los miembros del Tribunal Calificador tenían interés directo de favorecer a quien resultó ganadora del proceso, para lo cual buscaron excusas para excluirla, aduciendo una supuesta adulteración de documento y sin esperar respuesta del Colegio Médico sobre la convalidación del referido documento, decidieron arbitrariamente descalificar su postulación, accionar lesivo al debido proceso y sus componentes de presunción de inocencia, derecho a la defensa, tribunal imparcial y valoración objetiva de la prueba.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
- Debido proceso
- Presunción de inocencia
- Derecho a la defensa
- Juez natural
- Derecho al trabajo
- III.5. Análisis del caso
- III.5.1. La actuación del Tribunal Calificador
- III.5.1.1. Sobre el derecho a un tribunal imparcial
- III.5.1.2. En lo que concierne al derecho a la defensa
- III.5.1.3.En cuanto al derecho a la presunción de inocencia
- III.5.1.4.Finalmente, en cuanto al derecho al trabajo
- III.3.3.La actuación de las autoridades de la Caja Petrolera de Salud
- REVOCA en parte