SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

4)

4)  Si bien la Constitución persigue evitar la duración indebida del proceso, la omisión o falta de diligencia no es atribuible al Tribunal de Sentencia de Copacabana que conoció el caso desde el 25 de mayo de 2006, observando los plazos procesales sin dilación, debiéndose la demora al uso de distintos medios de defensa y los recursos que el sistema legal le garantiza, por exceso de celo y previsión del recurrente, lo que provocó la dilación del proceso con juicios abreviados, apelaciones, casaciones y recusaciones a los Jueces Técnicos, porque no se quiere llegar a la culminación del juicio oral, motivo por el que el Tribunal, por unanimidad, llegó a la conclusión que no correspondía considerar en forma positiva la extinción de la acción penal solicitada.