SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1066/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

plazo razonable

           Dicha Sentencia, además, concluyó que este derecho se encuentra en las normas internacionales sobre derechos humanos, las cuales, de conformidad a la jurisprudencia constitucional (Así las SSCC 1494/2003-R, 1662/2003-R, 0069/2004, entre otras), forman parte del bloque de constitucionalidad. Así, el art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, determina que “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por ley…”. Por su parte, el art. 14.3 del PIDCP, “Durante el proceso, señala: toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas: …c) A ser juzgada sin dilaciones indebidas…” Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 8.1.) y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 14.3) y, por tanto, los cuales, de conformidad a la jurisprudencia constitucional (Así SSCC 1494/2003-R, 1662/2003-R, 0069/2004, entre otras) forman parte del bloque de constitucionalidad.