SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.2.

II.2. Por RA 31/05, el Superintendente General de Minas resuelve en su artículo primero: declarar la vacación colectiva anual para los funcionarios de la Superintendencia General y Superintendencias Regionales de Minas desde el 22 hasta el 30 de diciembre de 2005; y en su artículo segundo: Para fines de ley, se suspenden todos los plazos y términos en los procesos administrativos mineros que cursan en la Superintendencia General y en la Regional de Minas, por el tiempo que dure la vacación colectiva anual, debiendo normalizarse las actividades a partir del 3 de enero de 2006 (fs. 41 a 42).