Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.9.
II.9. Cursa informe de los abogados de la oficina de recepción y distribución de procesos nuevos de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, de 22 de junio de 2007, que indica que no se encuentra registrado en el sistema computarizado IANUS, ningún proceso penal incoado por la Alcaldía Municipal de Potosí y/o el Ministerio Público contra “René Evgueni Aramayo” e Ingrid Vargas Iporre -recurrente- (fs. 24 a 25).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 25
- en los casos en que en el ámbito municipal, no es posible la interposición de los recursos de revocatoria y jerárquico,
- Fragmento 27
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR