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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1140/2010-R

    Fecha: 27-Ago-2010

    III.2.

    Con relación a los sujetos que intervienen en la acción de amparo constitucional, el cambio de la dimensión procesal de esta garantía en la nueva Constitución, tiene incidencia directa con la terminología a utilizarse respecto a las partes procesales involucradas en las causas a ser resueltas. En ese contexto, la norma constitucional abrogada denominaba a las partes intervinientes, recurrente (s) y autoridad (es) recurrida (s), terminología que en virtud a lo manifestado debe modificarse.

    • recurso de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • i)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2.
    • “accionante”
    • “conceder”
    • Fragmento 25
    • en los casos en que en el ámbito municipal, no es posible la interposición de los recursos de revocatoria y jerárquico,
    • Fragmento 27
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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