Sentencia: 0700/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0700/2010-R

Fecha: 15-Sep-2010

garantías jurisdiccionales.

El debido proceso -como se ha visto- comprende una serie de derechos que están desarrollados en los arts. 8 de la CADH y 14 del PIDCP y también en las normas constitucionales previstas en el Capítulo I del Título IV, Primera Parte de la CPE, bajo la denominación de garantías jurisdiccionales. En el marco de la interpretación efectuada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dentro de las garantías del debido proceso se encuentra el principio de congruencia o de coherencia entre la acusación y la condena y,  en virtud del art. 410 de la CPE, forma parte del bloque de constitucionalidad.