Sentencia: 0700/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0700/2010-R

Fecha: 15-Sep-2010

Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia

Respecto a los Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, ahora demandados, declararon infundado el recurso de casación y nulidad formulado contra José Francisco Guardia Carreño con el fundamento que los vocales hicieron una correcta valoración de los elementos del juicio y procedieron conforme a las reglas de la sana crítica, no siendo evidentes la infracciones acusadas en los recursos planteado.  Con relación a la extinción de la acción penal, esta fue rechazada con el argumento que la dilación del proceso es atribuible a los procesado.

De la revisión del Auto Supremo que se impugna se constata que los Ministros demandados no observaron las irregularidades cometidas en el proceso penal seguido con el representado del recurrente, pese a las mismas fueron expresamente denunciadas dentro del recurso de casación y nulidad por él interpuesto,  sin considerar que el art. 297.7) del CP.1972 determina como causal de nulidad y consiguiente reposición la falta de los requisitos esenciales que debe contener el fallo, y que el art. 308 del CPP.1972 determina que las infracciones de leyes que interesan al orden público, que no hayan sido acusada s en el recurso, serán consideradas de oficio.