SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
En el caso de autos
En el caso de autos, corresponde señalar que en la parte de Conclusiones de la presente Sentencia (II.4.), cursa el acta de secuestro, que en su parte preimpresa, hace referencia a que dicho acto se efectuó en cumplimiento del art. 174 del CPP y no identifica el nombre de ningún fiscal a cargo de la investigación; sin embargo, como se desarrolló precedentemente, el referido precepto faculta a que en la etapa de investigación de un delito, en caso de flagrancia, se pueda registrar el lugar sin la presencia del fiscal, lo cual supone la intervención de funcionarios policiales; estos funcionarios no actuaron bajo las órdenes de la Fiscal de Materia, Noemí Cossío Argandoña, dado que ella no figura en el acta de secuestro ni firma la misma, puesto que como se mencionó precedentemente, el allanamiento se produjo a consecuencia de un delito flagrante por acción directa de la policía, lo que hace inferir claramente que los funcionarios policiales actuaron por su cuenta utilizando un formulario preimpreso de acta en el que no se cita el nombre de la Fiscal nombrada, por cuanto no estuvo presente, de modo que dicha autoridad fiscal, carece de legitimación pasiva para responder por los supuestos actos ilegales demandados, más aún cuando, en ese momento, desconocía del operativo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos garantía y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- i)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Sobre los delitos denunciados dentro del proceso penal y las c
- En el caso analizado
- III.4. Con relación al supuesto maltrato de parte de los funcionarios de la FELCC en el momento del allanamiento del inmueble; declaraciones recibidas y actas firmadas bajo amenaza de los investigadores
- En el caso ahora estudiado
- III.5. Con relación a que las actas de secuestro no se encuentran firmadas por la Fiscal de Materia demandada
- En el caso de autos
- III.6. Con relación a la conversión de acción solicitada al Fiscal de Distrito
- De acuerdo a lo relacionado, en el caso de autos
- III.7. Respecto al derecho de petición supuestamente vulnerado por el Fiscal de Distrito
- III.8. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
- APROBAR