SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

iii)

iii) El Juez recurrido el 27 de agosto de 2007, señaló audiencia conclusiva; sin embargo; no se ha vulnerado “ningún acto ilegal” (sic) porque no existe ninguna ley que faculta comportarse de determinada manera, y respecto de las sentencias que se han presentado en audiencia, se establece que, en unos casos se aplica el Código de Procedimiento Penal y en otras la Ley Orgánica del Ministerio Público; en consecuencia, no existe acto ilegal, pues el Juez ha emitido sus Resoluciones de acuerdo a ley.