SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

d)

d) Se estableció que, estaba en completo estado de ebriedad simplemente por la versión de Aldo Fernando Rojas Rivas, cuando no correspondía que tal extremo se defina por una sola versión o por una simple denuncia, sino dentro de un proceso en el que se guarden sus derechos y garantías; y además, se le permita defenderse; pues si bien el Reglamento General del Sistema Disciplinario no establece expresamente la existencia de un proceso, la Constitución Política del Estado, lo consagra y esa norma reglamentaria determina que para imponer sanciones se deben considerar atenuantes, por lo que no se podía prescindir de un proceso para sancionarlo.

d)  Se agotó la vía administrativa, pues en audiencia se demostró que el recurrente desconocía el citado Reglamento Disciplinario y por otra, no existe comunicación procesal con la Resolución, en virtud de la cual éste pueda hacer uso del recurso que prevé el propio Reglamento; asimismo, la ultima respuesta del Comandante General de la Fuerza Naval a la solicitud de reincorporación del recurrente data del 13 de febrero de 2007, por lo que no transcurrieron los seis meses para interponer el recurso.