SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

III.4. El derecho a la instrucción

En ese contexto fue la jurisprudencia constitucional la que desarrolló este derecho fundamental, así la SC 1602/2005-R de 9 de diciembre señaló: “…implican que la persona tiene la potestad de acceder al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la cultura, pero, además, recibirla, de modo que al existir un sistema nacional de instrucción, enseñanza, aprendizaje o educación, el núcleo esencial de estos derechos no está tan sólo en el acceso a dicho sistema, sino también a la permanencia en ese sistema”.

Actualmente la Constitución Política del Estado vigente, desarrolla con mayor amplitud y precisión este derecho, así el art. 17 de la misma señala que: “Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación”. De esta cita se aprecia que el desarrollo jurisprudencial glosado guarda relación con la constitución vigente y por ello es aplicable, así lo han entendido, entre otras, la SC 0518/2010-R de 5 de julio de 2010.