SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.15
II.15. A fs. 14 vta., cursa orden judicial de 25 de junio de 2007, emitida por Marcela Siles Jaksic, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, dirigida a Cesar Rubén Aliaga Sánchez, Director de la Escuela Naval Militar, disponiendo que proceda a expedir en doble ejemplar fotocopias legalizadas del orden del día del 1 de noviembre de 2006. En respuesta a esta orden Cesar Rubén Aliaga Sánchez presentó memorial el 2 de julio de 2007, en el que señala: “Toda documentación requerida de la Escuela Naval Militar debe enmarcarse conforme a lo prescrito por el art. 98 de de la Ley 1405 de fecha 30 de diciembre de 1992, no significando esta una negación de la misma, por lo que el recurrente debe tramitar lo indicado por el canal correspondiente ante autoridad superior…” (fs. 13).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- c)
- d)
- i)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 6)
- 8)
- 9)
- 11)
- 12)
- 14)
- 15)
- 16)
- concedió
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- II.5.
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.13.
- II.15
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3.
- III.4. El derecho a la instrucción
- intrínsecas
- III.5. El derecho al debido proceso, el derecho a la defensa y la presunción de inocencia
- III.6. Derecho de Petición
- III.7. El caso en revisión
- Fragmento 38
- APROBAR