SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1435/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1435/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

II.3.

II.3.  Mediante memorial presentado el 10 de enero de 2002, la Fiscal de Materia presentó solicitud conclusivo de suspensión condicional del proceso, en virtud a que las partes arribaron a un acuerdo transaccional (fs. 26 y vta.).  El 18 de enero de 2002 se realizó la audiencia pública de consideración de suspensión condicional del proceso, en el cual la partes manifestaron su acuerdo con la suspensión condicional del proceso; se solicitó al Juez que conmine a al cumplimiento del acuerdo transaccional al que llegaron.  Por Resolución 9/2002 de la misma fecha, el Juez determinó la suspensión condicional del proceso por un año en el que el imputado no debía cambiar de domicilio sin autorización judicial, debía cumplir a cabalidad los términos y cláusulas del acuerdo transaccional firmado, asistir al juzgado en cualquier momento que sea requerido, no cometer otro hecho delictivo (fs. 27, 28, 35).