Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1435/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.9.
II.9. En cumplimiento de la Resolución 187/2006, el Tribunal Tercero de Sentencia por Resolución 80/2006 de 22 de septiembre rechazó las excepciones e incidentes planteados (fs. 161 a 164), y por Resolución 780/06 de 30 de noviembre, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito repuso obrados hasta fs. 760, es decir hasta la Resolución 80/2006, para que los miembros del Tribunal de Sentencia Tercero dicten nueva resolución, cumpliendo el Auto de Vista 187/2006; a su vez, llamaron la atención severamente al Tribunal inferior (fs. 167).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- c.
- d.
- Vocales recurridos
- a)
- e)
- g)
- 1)
- 2)
- 3)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.Los requisitos de admisión previstos en el art. 97 de la LTC
- no impide
- III.4.Sobre los límites de la justicia constitucional con relación a la revisión de las resoluciones judiciales
- que mediante este proceso constitucional se verifique y en su caso resguarden derecho posiblemente afectados en la esfera jurisdiccional
- interpretación de la legalidad ordinaria
- no le corresponde analizar la valoración de la prueba
- III.5. El problema jurídico planteado
- pide se admita y se conceda
- revocar
- APROBAR