SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

4. (…)

4. (…)El TEDH ha conocido, ciertamente, de casos penales, y con mayor frecuencia, de acusaciones de vulneración del derecho al proceso en un tiempo razonable, en los que el recurrente había sufrido prisión (entrando también en cuestión, el art. 5 del Convenio), y es principalmente, respecto de procesos de esta naturaleza donde ha elaborado los criterios que sirvan para concretizar, en cada caso, la indeterminación del concepto de «plazo razonable», que utiliza el texto del Convenio, y que nuestra C.E. denomina «sin dilaciones indebidas».