SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1907/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

Se requiere que no exceda de un plazo razonable. Pero todo el mundo reconoce la imposibilidad de traducir este concepto en un número fijo de días, semanas, meses o años

4. (…) sin embargo, implica claramente que la persistencia de la sospecha no es suficiente para justificar, después de cierto tiempo, una prórroga de la detención. Se requiere que no exceda de un plazo razonable. Pero todo el mundo reconoce la imposibilidad de traducir este concepto en un número fijo de días, semanas, meses o años o períodos que varían en función de la gravedad de la ofensa.”