SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

II.5.

II.5. Practicada la liquidación impetrada el 5 de abril de 2006 (fs. 62), Carlos Andrés Eduardo Arce Delgado, observó la misma e interpuso incidente de nulidad (fs. 64 a 65). El 11 de agosto de ese mismo año, la Jueza de la causa, otorgó al demandando, ahora accionante, el plazo de setenta y dos horas para que acompañe documental que acredite la cancelación del monto adeudado por concepto de asistencia familiar. Sobre el incidente planteado dispuso “no ha lugar” por encontrarse en fase de ejecución y haber precluido los plazos para su interposición (fs. 68 vta.).