SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

II.6.

II.6. Por Auto de 2 de octubre de 2008, se aprobó la liquidación otorgando al obligado el plazo de tres días para oblar la suma adeudada computables a partir de su legal notificación, bajo conminatoria de expedirse mandamiento de apremio; a cuyo efecto ordenó se le notifique observando lo dispuesto en el art. 137.II del CPC (fs. 72 vta.). La diligencia fue practicada en su domicilio procesal señalado (fs. 73). Ante el incumplimiento dentro de tercero día, por Resolución de 6 de noviembre de 2008, ordenó se expida mandamiento de apremio hasta que cancele la suma de Bs. 14.000.- (catorce mil bolivianos), instruyendo que la orden sea cumplida por cualquier autoridad hábil de la ciudad de Cobija-Pando para cuyo efecto se expida orden instruida (fs. 74 vta.).