Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1815/2012
Fecha: 05-Oct-2012
acción de inconstitucionalidad concreta
En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil del departamento de Tarija, a instancia de Sergio Camilo Moreno Oroza, Ximena Margarita Kellenberger Arce, Carolina Hoyos Rotuno y Sergio Zamorano Pinilla en representación de Juan José Gutiérrez Taborga representante de la Empresa PREMOLTEC S.R.L., dentro del proceso ordinario de cumplimiento de contrato seguido por la Sociedad Boliviana de Cemento (SOBOCE) S.A. contra Demetrio Orias y otros; demandando la inconstitucionalidad del art. 424 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por ser presuntamente contrario a los arts. 115.II, 116.I, 117.I y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- a)
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- i)
- II.1.
- III.1. Naturaleza, alcances y requisitos para el análisis de fondo de la acción de inconstitucionalidad concreta
- convenientes, oportunos o benéficos
- debiendo este último paulatinamente desarrollar los nuevos entendimientos jurisprudenciales.
- III.2. Del derecho al debido proceso y el derecho a la defensa y la presunción de inocencia
- uno de los elementos esenciales del debido proceso es sin duda el derecho a la defensa
- III.3. Del principio de buena fe
- 1°
- (Medios probatorios en general)
- 2°
- 3°
- asegura la estricta observancia de presupuestos que deben ser cumplidos para el establecimiento de cualquier sanción o consecuencia jurídica
- 4°
- transparencia
- 5°
- 6°