Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1939/2012
Fecha: 12-Oct-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 06 de 17 de marzo de 2011, cursante de fs. 367 a 377, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sabino Rodríguez Anagua contra Miguel Ángel Choque Mamani, ex Presidente, Johnny Revollo López, actual Presidente, ambos del Consejo de Administración, María Angélica Toledo Alanoca, Gerente General, Víctor Manuel Alfaro Quispe, Presidente y Verónica Rodríguez Tito, Vocal, ambos del Tribunal Sumariante, todos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “TUKUYPAJ” Ltda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- garantizará el reconocimiento de la personalidad jurídica de las asociaciones empresariales
- protege la iniciativa privada
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- CONFIRMAR