SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1939/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.7.
II.7. De fs. 63 a 72 vta., cursa fotocopia legalizada del Acta de la Asamblea Extraordinaria de Socios de 23 de octubre de 2010, con el orden del día punto único, informe del Tribunal Sumariante -proceso sumario interno de exclusión de socios- advirtiéndose que el Tribunal Sumariante fue conformado por Enrique Ayaviri Chávez, Director suplente y Víctor Manuel Alfaro Quispe, Director titular y Presidente de ese Tribunal. Asimismo, se evidencia que luego de escuchar la Resolución del Tribunal Sumariante, por mayoría determinaron la exclusión de los socios Sabino Rodríguez Anagua y Gladys Jelen Rivera Carpio, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “TUKUYPAJ” Ltda., conforme prevé el Estatuto Orgánico de la Cooperativa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- garantizará el reconocimiento de la personalidad jurídica de las asociaciones empresariales
- protege la iniciativa privada
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- CONFIRMAR