Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1939/2012
Fecha: 12-Oct-2012
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Señala como lesionados sus derechos a la dignidad humana, a la igualdad, al juez natural, a la defensa y el principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 14, 16.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 22 y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- garantizará el reconocimiento de la personalidad jurídica de las asociaciones empresariales
- protege la iniciativa privada
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- CONFIRMAR