SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2184/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2184/2012

Fecha: 08-Nov-2012

concedido

Por lo expuesto, se concluye que el Tribunal de garantías, al haber concedido la tutela disponiendo la reincorporación de los accionantes a su fuente laboral y la cancelación de sueldos devengados “conforme al tiempo que hayan trabajado” (sic), de acuerdo a la “planilla elaborada por la Honorable Alcaldía Municipal de Cotoca” (sic), y al haber determinado mediante resolución de complementación y enmienda: i) Dejar sin efecto el Auto de Vista de fecha 30 de abril del año 2011, dictado por la Sala Social y Administrativa, así como el Auto Interlocutorio de fecha 08 de noviembre del año 2010 dictado por el Juez 1° de Partido de Trabajo y Seguridad Social” (sic); y, ii)“En cuanto a que solicitan el cumplimiento del Auto de Vista de 15 de agosto de 2009, que se encuentra plenamente ejecutoriado, este tribunal ya dictó resolución que modifica esa resolución, ya que el pretender cobrar de cinco años de trabajo violenta el debido proceso, por este tribunal modifica esa resolución, de lo contrario implica que si se va a mantener resolución habría doble pago, por eso de acuerdo a la revisión de este tribunal es conforme planilla que vaya a elaborar el Municipio de Cotoca” (sic), evaluó de manera incompleta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo, puesto que el control tutelar de constitucionalidad no puede ser activado para el cumplimiento de decisiones jurisdiccionales.