SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2184/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2184/2012

Fecha: 08-Nov-2012

es imperante señalar que en los procesos jurisdiccionales en los cuales se hayan agotado los mecanismos procesales de defensa establecidos por la normativa imperante, las decisiones que se pronuncien, adquieren calidad de cosa juzgada material, empero dicha aptitud, tal como se dijo precedentemente no es aplicable a aquellas decisiones que vulneran derechos fundamentales, situación en la cual, en mérito al principio de presunción de legalidad y legitimidad aplicable a todo acto jurisdiccional, existen mecanismos procesales establecidos para restituir los derechos fundamentales que pudieron afectarse mediante una decisión jurisdiccional definitiva

De acuerdo a lo expresado, es imperante señalar que en los procesos jurisdiccionales en los cuales se hayan agotado los mecanismos procesales de defensa establecidos por la normativa imperante, las decisiones que se pronuncien, adquieren calidad de cosa juzgada material, empero dicha aptitud, tal como se dijo precedentemente no es aplicable a aquellas decisiones que vulneran derechos fundamentales, situación en la cual, en mérito al principio de presunción de legalidad y legitimidad aplicable a todo acto jurisdiccional, existen mecanismos procesales establecidos para restituir los derechos fundamentales que pudieron afectarse mediante una decisión jurisdiccional definitiva.