SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2184/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2184/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.6.

II.6.  Por memorial de 28 de julio de 2008, Estanislao Arauz Arauz, en su calidad de Alcalde Municipal de Cotoca, señala: 1) Que en cumplimiento de la Sentencia 104 de 9 de julio de 2005, adjunta treinta y un memorandums de restitución de los demandantes a sus fuentes de trabajo y especifica la reincorporación de otros funcionarios; 2) Asimismo, adjunta depósito judicial a la orden del Juzgado de la causa por la suma de Bs64 602,79 (sesenta y cuatro mil seiscientos dos 79/00 bolivianos), correspondiente al pago de haberes devengados a treinta y ocho trabajadores que están detallados en la planilla adjunta al memorial descrito en el punto II.6, y también correspondiente a Bernardo Cruz Zeballos, cálculo realizado hasta la reincorporación de Braulio Arteaga Loras, asesor del Concejo Municipal, en cumplimiento de la sentencia emitida; y, 3) En cuanto a los ex servidores públicos Miguel Angel Vertis Porcel, Carmelo Flores Ramos, Gina Liz Ribero de Moreno, Amilkar Rivero Butrón, Gabriel Barbery Yabeta y Franklin Johan Viruez Nagashiro, se señala lo siguiente: “el pago retroactivo de sus haberes como la reincorporación a nuestra institución no le corresponden, ya que como tenemos indicado en nuestro memorial de 27 de junio de 2008, ellos recibieron el pago de sus beneficios sociales” (sic) (fs. 141 a 142).