SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2327/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2327/2012

Fecha: 16-Nov-2012

denegó

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 07 de 15 de junio de 2010, cursante de fs. 107 vta. a 110, denegó la tutela solicitada, con el siguiente fundamento: a) Teresa Lara Cuellar de Méndez, al comprar un inmueble que fue dado en garantía hipotecaria asume el riesgo del gravamen; b) El Tribunal Constitucional estableció que la propietaria debe tener conocimiento que su inmueble será objeto de un proceso coactivo y posterior remate para reclamar a su transferente el pago o la devolución del precio de la venta; c) A tiempo de solicitar las medidas previas a remate, se adjuntó certificado alodial que evidencia que recién aparecen los nombres de los actuales propietarios, entre ellos de Teresa Lara Cuellar de Méndez; y, d) Al pronunciarse el Auto de 15 de septiembre de 2009, no se vulneró el derecho al debido proceso de la representada del accionante, pues la misma tuvo conocimiento amplio y bastante, y que no se le negó ningún derecho a lo largo del proceso, y en cuanto a la seguridad jurídica, no existe capricho de las autoridades demandadas.