SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2327/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2327/2012

Fecha: 16-Nov-2012

III.5.  Aplicación al caso de autos

El accionante denuncia la conculcación de los derechos de su representada al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la “seguridad jurídica” y a la defensa, por cuanto dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco Económico S.A. contra la Sociedad Auto partes DENSO S.R.L. y Filiberto Rojas Ríos, las autoridades demandadas pronunciaron el Auto de Vista 341/2009 de 15 de septiembre de 2009, que determinó anular obrados hasta el primer aviso de remate sin tomar en cuenta que fue ella la única que planteó recurso de apelación contra el Auto de 3 de abril y Auto complementario de 25 del mismo mes y año, circunstancia que obligaba al Tribunal de alzada a dictar resolución únicamente sobre los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación, sin modificar el alcance de la decisión impugnada, debido a que existe la reformatio in peius.