SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2012

Fecha: 23-Abr-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes alegan que las autoridades judiciales demandadas, vulneraron sus derechos, dado que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y ENFE, en apelación se dictó Sentencia absolutoria a su favor; sin embargo, en casación los Ministros demandados emitieron el Auto Supremo 339 con los siguientes vicios: 1) No constataron la falta de personería de la recurrente de casación, actuando ultra petita al resolver el recurso planteado; 2) El Auto Supremo impugnado carece de fundamentación y motivación, omitió pronunciarse sobre la extinción de la acción solicitada y su ilegal notificación, -con el advertido de que estos dos puntos corresponden al expediente 20558-AAC-; 3) Prescindieron exigir la especificación de los motivos, con cita de la ley o leyes cuya inobservancia se impugnaba, o de las leyes sustantivas cuya violación se acusaba; y 4) La determinación asumida carece de congruencia, por cuanto en relación a los accionantes se evidencia ausencia total de relación fáctica, así como de fundamentación legal, careciendo de elementos jurídicos que justifiquen el incremento de la pena impuesta.